En un mundo cada vez más global cada vez es más frecuente que haya extranjeros que residen y que reciben una herencia del extranjero. En estos casos, al margen de la obligación de liquidar en España el Impuesto sobre Sucesiones, surge otra obligación como es la de presentar el modelo 720 en Hacienda.
¿Quiénes están obligados de presentar el modelo 720?
Están obligados a presentar este modelo las personas físicas residentes en territorio español que sean titulares de los siguientes bienes en el extranjero:
1.- Cuentas en entidades de crédito: existe obligación de informar de la titularidad de las cuentas en el extranjero, salvo que los saldos a treinta y uno de diciembre o el saldo medio del último trimestre no superen los 50.000 Euros.
2.- Valores, derechos, seguros, y rentas depositadas, gestionadas u obtenidas en el extranjero: existe obligación de informar de la titularidad de los siguientes bienes:
- Valores o derechos representativos de la participación en cualquier tipo de entidad, tales como acciones, participaciones, fondos de inversión, etc.
- Valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios, tales como derechos de cobro de créditos, bonos, obligaciones, seguros…
- Valores aportados para su gestión o administración a cualquier instrumento jurídico, incluyendo fideicomisos y trusts o masas patrimoniales que, sin carecer de personalidad jurídica, puedan actuar en el tráfico económico.
- Seguros de vida o invalidez si la aseguradora se encuentra situada en el extranjero. Rentas temporales o vitalicias de capital en dinero, de derechos de contenido económico o de bienes muebles o inmuebles, a entidades situadas en el extranjero.
No existirá obligación de informar cuando el valor conjunto de estos bienes no superen los 50.000 Euros.
3.- Bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles: existe obligación de informar de la titularidad de propiedades en el extranjero, salvo que el valor conjunto de estos bienes no supere los 50.000 euros.
A modo de resumen, todos aquellos que hayan heredado bienes en el extranjero tienen la obligación de presentar el modelo 720 el año siguiente.
Plazo de presentación
El plazo para presentar el modelo 720 es hasta el 31 de marzo de cada año.
Consecuencias de la falta de presentación del modelo 720
La falta de presentación del modelo 720 puede acarrear la imposición de sanciones. En concreto, la falta de presentación del modelo 720 a puede derivar en sanciones que alcanzan los 20.000 euros.
Conclusión
En definitiva, heredar bienes en el extranjero lleva implícita la obligación de informar a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de la titularidad de los mismos al año siguiente. Aunque parezca complicado, la Agencia Estatal de la Administración Tributaria tiene medios para conocer si una persona a heredado bienes en el extranjero. Por ello, es recomendable presentar el modelo 720 para evitar ser sancionado. Si se hubiesen heredado bienes en años anteriores, es recomendable regularizar la situación y presentar el modelo 720 antes de poder ser sancionado.
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